Declaración sobre la política

  1. El British Council School utiliza un circuito cerrado de televisión (en adelante, «CCTV») en sus instalaciones. El objetivo de esta política es establecer la posición del British Council School en cuanto a la gestión, la operación y el uso del CCTV en sus instalaciones de la c/ Solano (Pozuelo) y de la c/ Alfonso Rodríguez Santamaría (El Viso).
  2. Esta política se aplica a todos los alumnos, empleados, contratistas, visitas al British Council School y a todas las demás personas cuyas imágenes puedan ser captadas por el sistema de CCTV.
  3. Esta política tiene en cuenta toda la legislación y las guías aplicables, entre las que se incluyen:
  • El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, también conocido como el Reglamento General de Protección de Datos (en adelante, el «RGPD»).
  • La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante la “LOPD”).
  • La Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras (denominados en conjunto, la «Legislación en materia de protección de datos»).
  • El Código de Prácticas sobre CCTV elaborado por la Oficina del Comisionado de Información del Reino Unido (en adelante, la «ICO»).
  • La Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades, elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, la «AEPD»).

Finalidad del CCTV

  • El British Council School utiliza un CCTV para las siguientes finalidades específicas, explícitas y legítimas y no utilizará las grabaciones del CCTV para posteriores tratamientos incompatibles con dichos fines.
  1. Para proporcionar un entorno seguro y protegido para los alumnos, el personal, los contratistas y las visitas.
  2. Para la investigación de los incidentes relacionados con la protección de los menores.
  3. Para prevenir la pérdida o los daños a los edificios y/o bienes del British Council School.
  4. Para ayudar en la prevención/investigación de delitos y colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad en la detención de delincuentes.
  5. Para la supervisión del cumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud y prevención de riesgos laborales.
  6. Para evitar la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en las actividades deportivas que se desarrollan en el British Council School.

Fundamento jurídico

  • El fundamento jurídico para el tratamiento de las imágenes de CCTV, de acuerdo con las finalidades establecidas en el apartado 2 anterior, es el interés público, basado en la siguiente normativa nacional:
  1. la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada;
  2. la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil;
  3. la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, y
  4. la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  5. la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Transparencia

  • Se colocarán distintivos informativos en lugares suficientemente visibles para informar a las personas que se encuentran en una zona en la que hay un CCTV en funcionamiento.
  • Se pondrá a disposición de las personas, previa solicitud, información transparente sobre el tratamiento del CCTV en forma de un Aviso de Privacidad en todos los puestos de seguridad.

Revisado en Julio 2022

Las familias y el personal del colegio pueden acceder a la política completa en el School Community Site.